Ronda

‘Caso Boda’: La juez considera que existen contradicciones en las declaraciones de Valdenebro sobre su participación en los hechos

En caso de ser condenados, para el delito de falsedad documental podrían enfrentarse a una pena de prisión por un periodo que va desde los 3 a los 6 años. Además ello conllevaría igualmente entre 2 y 6 años de inhabilitación para ocupar cargo público. Mientras, para el delito de estafa podrían enfrentarse a una pena de cárcel de entre 6 meses y tres años.

Valdenebro arropada por sus concejales en una de sus comparecencias ante la juez.

La titular del Juzgado de Primera Instancia e Intrucción número 1, que ha emitido un auto por el que ha cordado el procedimiento abreviado contra la ex alcaldesa de Ronda, la socialista Teresa Valdenebro, y el exconcejal también socialista Josá María Jiménez, así como a los dos novios implicados en el ‘Caso Boda’ por un presunto delito de falsedad documental y otro de estafa, ha argumentado esta decisión en una serie de aspectos, que a continuación pasamos a relatar.

Sobre el cambio de fecha de la famosa boda, que se celebró en junio de 2017, la jueza tiene claro, o así al menos lo expresa en el auto, que el exconcejal era perfecto conocedor del día y la hora del enlace matrimonial de su hija, conociendo así mismo que este cambio le favorecía a la hora de disfrutar de unas vacaciones en el SAS, que, de no modificarse el acta de la boda, no habría podido tener. Además señala que el hecho de estar firmando un acta con las fechas cambiadas, era un hecho conocido por todos, según reconoció el propio Jiménez en una de sus declaraciones ante la juez. Por ello entiende que existen indicios de que la conducta, tanto el padre como los novios, es constitutiva de un delito de falsedad de documento público y de estafa.

Participación de Valdenebro

Igualmente la responsable de la instrucción del caso considera que también existen indicios ilícito penal, por los mismos delitos de falsedad documental y de estafa por parte de la ex alcaldesa.

Y es que indica, que a pesar de detectarse una serie de irregularidades en el procedimiento administrativo del expediente, llama la atención que Valdenebro dijese ante la Fiscalía que desconoció el cambio de fecha en el acta de la boda, ya que es contradictorio con lo que declaró durante el interrogatorio, dónde reconoció que el acta matrimonial se la llevó consigo a su casa el día antes del enlace matrimonial, el día 16 junio, y al día siguiente se dirige a la boda. A todo ello se suma que la ex regidora no entregó el acta en el Ayuntamiento en el lunes posterior a la boda, como es preceptivo, sino que la dejó en manos de Jiménez, algo que como la propia Valdenebro reconoce ante la juez era la primera vez que ocurría.

También se apunta que es especialmente significativo que fue devuelta al Ayuntamiento después del día 19 de junio (ocurrió después del 21) por alguien de la Alcaldía, sin poder identificarse quién fue. Y es que se hubiese entregado el día 19, la funcionaria del SAC se habría percatado del cambio de fecha.

Por todo ello la juez entiende que Valdenebro no ha dado una explicación creíble en este tema, y además todos los indicios apuntan a que las declaraciones de Jiménez en relación a que la ex regidora estaba al tanto de todo, podrían ser ciertas.

Posibles condenas

En el supuesto que finalmente se abra juicio oral, los acusados podrían enfrentarse a penas de importancia. Y es que según está tipificado, para el delito de falsedad documental podrían ser condenados a prisión por un periodo que va desde los 3 a los 6 años. Además ello conllevaría igualmente entre 2 y 6 años de inhabilitación para ocupar cargo público.

Mientras, para el delito de estafa podrían enfrentarse a una pena de cárcel de entre 6 meses y tres años.


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